Método Jurídico.- El Derecho en general es ciencia cultural, su método debe ser el usado por éstas ciencias, por ello se dice que el método del Derecho Penal es el jurídico que se funda en la dogmática jurídica que tiene ciertos principios generales de los cuales hay que deducir las consecuencias lógicas. Siendo el método jurídico lógico admite el análisis de los hechos, la síntesis, la deducción y la inducción. Esto deter¬mina la exclusión de los métodos experimentales. 

Otros métodos.- No obstante lo explicado, en nuestra ciencia no han faltado quienes.han pretendido desarrollarla empleando el método experimental. 

  • El Positivismo Penal, representado principalmente por Enrrico Ferri, quiso usar el método experimental para que nuestro derecho sea estudiado igual que las ciencias naturales. Pero la realidad demostró que en Derecho Penal ni en Criminología el método experimental es aplicable por la propia naturaleza de sus contenidos. No podemos experimentar con el delito ni con el delincuente. 
  • Franz Von Lizt, seguido posteriormente por Hippel, Treves y otros, consideraron que el método aplicable sería el Teleológico que ha tenido algún éxito en Derecho Civil y en Derecho Penal elaboró la teoría finalista de la pena. A través de este método "se averigua la función para la que fue creada la ley, explora la formación teleológica de los conceptos, esclarece el bien jurídico, desentraña el tipo legal ,se vale del método sistemático y con ello logra una correcta interpretación de la ley, desentrañando la voluntad de esta. 
  • La Escuela Clásica empleó el método lógico abstracto, haciendo de la ley un silogismo y considerando que el delito y la pena son abstracciones jurídicas inmutables, que existe primero como creación normativa para luego adaptar la conducta a los preceptos. Peca por un exceso de abstracción.