LA COSTUMBRE

En materia jurídica podemos decir que la costumbre está constituida por el uso repetido y tomado en cuenta por el Derecho; no es fuente directa del Derecho Penal, pero puede contribuir a aclarar ciertas cuestiones en las cuales se basa la aplicación de la ley penal. La sanción de la costumbre es la opinión pública. Es importante y obligatoria cuando está en la sentencia. 

La costumbre puede influir en el legislador inspirándose en ella para la formulación de la ley. Con el principio de legalidad, pierde eficacia. Puede contribuir a aclarar ciertos conceptos contenidos en la ley, por ejemplo en el delito de injuria se establece el que ofende a otro en su dignidad o decoro. El concepto de dignidad y decoro varía de acuerdo a las costumbres, al medio cultural, en los que la costumbre ayuda a desentrañar los conceptos.

LA JURISPRUDENCIA

Por jurisprudencia se entiende a los fallos uniformes emitidos por los altos Tribunales que van a servir de fuente del Derecho y es obligatoria para las partes del proceso. La jurisprudencia para los sistemas que siguen el prin¬cipio de legalidad puede servir de inspiración al legislador o de orientación para crear normas penales. La jurisprudencia emanada del más alto tribunal tiene importancia por su función de interpretar la ley. 

LA DOCTRINA

La doctrina es el fruto de la elabo¬ración intelectual de los estudiosos del derecho, por ello cuando se redacta un código se toma en cuenta la doctrina. La doctrina tal como es expuesta por los tratadistas, no tiene vigencia práctica, más bien sirve como medio de ilustración y de interpretación. La doctrina es el estudio del derecho que a través de la ley se convierte en derecho positivo.